Vacaciones Laborales en Costa Rica

El derecho a vacaciones

De acuerdo con el Código de Trabajo de Costa Rica, todo trabajador tiene derecho a dos semanas de vacaciones pagadas por cada cincuenta semanas de servicio continuo al servicio de un mismo patrono.

Puntos clave de la ley:

  • Duración: 2 semanas (12 días laborales si trabaja de lunes a sábado, o 10 días si es de lunes a viernes).
  • Cálculo: Se pagan con base en el promedio de los salarios ordinarios y extraordinarios devengados en las últimas 50 semanas.
  • Inalienabilidad: Las vacaciones no pueden compensarse con dinero, salvo al terminar la relación laboral.

¿Cuándo se deben otorgar?

El patrono debe señalar la época en que el trabajador disfrutará de sus vacaciones, pero debe hacerlo dentro de las siguientes 15 semanas posteriores a que el trabajador cumpla las 50 semanas de servicio.

Dividir las vacaciones

Las vacaciones pueden dividirse en un máximo de dos fracciones, previo acuerdo entre las partes, siempre que se trate de labores de índole especial que no permitan una ausencia prolongada.

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